Convocatoria de Incentivos Autonómicos a la Inversión Empresarial

Mediante la publicación del Decreto 185/2017, de 7 de noviembre, se establece un régimen de incentivos autonómicos, en forma de subvención directa, a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

FINALIDAD

La línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas que realicen inversiones en activos fijos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene por finalidad:

  • Apoyar la creación de nuevas empresas.
  • Consolidar las empresas ya existentes, favoreciendo su ampliación, modernización y traslados.
  • Impulsar la transformación y adaptación a la industria conectada o industria 4.0.
  • Favorecer la continuidad de empresas ya en funcionamiento y en peligro de desaparición por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.
  • Promover la creación y mantenimiento de empleo.

PLAZO

El plazo para solicitar estas ayudas finalizará el 31 de diciembre del 2020.

MODALIDADES

  • Subvenciones por actividad. Para empresas que vayan a realizar inversiones en activos fijos*.
  • Subvenciones por relevo generacional. Destinada a pequeñas empresas que den continuidad a otro establecimiento que de otra forma hubiese cerrado por la jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.
  • Subvenciones para la transformación y adaptación a la industria 4.0. Para la empresa industrial productiva, para implementar proyectos que promuevan su transformación digital y conlleven la introducción efectiva en sus sistemas de nuevas tecnologías.

 * Se excluyen de esta convocatoria, las actividades relacionadas con la producción primaria de productos agrícolas, la acuicultura, las del sector de los transportes, las del sector de la energía,  las financieras y de seguros y las de servicios agrícolas a terceros; así como cualquier otra actividad no relacionada anteriormente y que esté excluida del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

REQUISITOS

Los requisitos de los proyectos subvencionables son los siguientes:

  1. Todo beneficiario deberá hacer una aportación financiera mínima al proyecto del 25% de los costes subvencionables, mediante recursos propios o financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública.
  2.  Realizar las inversiones con posterioridad a la presentación de la solicitud y después de haber acreditado el no inicio de inversiones, con excepción de los realizados para la adquisición de terrenos, trabajos de ingeniería de proyectos de obra civil o coste de proyecto exigido para la modalidad de Industria 4.0.
  3.  El importe mínimo del proyecto de inversión subvencionable será de 10.000€ y la subvención mínima a conceder por esta línea de ayudas será de 2.000 €.
  4.  No son subvencionables proyectos con una inversión superior a 1.200.000 €, que pudieran acogerse a la línea de Incentivos Regionales.
  5.  Mantener en Extremadura los activos subvencionados, la actividad y el empleo durante al menos 3 años (5 para grandes empresas) consecutivos a partir de la fecha de presentación de la solicitud de liquidación.
  6.  Colocar distintivos anunciadores sobre la ayuda concedida (art.39).

 

Si está interesado en solicitar esta ayuda, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

Fuente: Extremadura Empresarial