Los autónomos podrán aplazar el IVA inferior a 30.000 euros sin tener que justificar que no lo han cobrado
Por fin se ha puesto un poco de sensatez a esta cuestión, la AEAT ha publicado una instrucción por la que se podrá seguir aplazando IVA hasta 30.000 euros a autónomos. El aplazamiento será como máximo de 12 meses. En el caso de las empresas (suponemos que se refiere a las sociedades pymes), el aplazamiento será de 6 meses únicamente.
Sin embargo, la instrucción no excluye a los autónomos de la prohibición de aplazar IVA de las facturas cobradas sino que el procedimiento es automático y, por tanto, no tendrán que justificar que el aplazamiento– inferior a 30.000 euros–se corresponde con facturas no cobradas, pero insistimos en que la prohibición es para todos, es el procedimiento el que exime de la obligación de acreditar que no se han cobrado.
La AEAT, podrá por tanto, y aunque haya concedido aplazamiento automático, comprobar que efectivamente se trata de cuotas de facturas no cobradas y en el supuesto de que comprobara que se han aplazado cuotas cobradas entendemos que podrá sancionar o apremiar los aplazamientos solicitados.
Enlace: El Economista