Recordatorio sobre retenciones

Como complemento a anteriores circulares, y como continuación a la rebaja fiscal iniciada el pasado Julio por la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, los tipos de retención a aplicar al ejercicio 2016 vuelven a modificarse con efectos del día 1 de enero.

Queremos incidir principalmente en las retenciones más habituales, en concreto en las Retenciones de actividades profesionales que sigue siendo el 15 % y las  Retenciones por Arrendamiento de inmuebles urbanos que pasa a ser el 19%.

A  continuación  le  adjuntamos  un  cuadro  resumen  de  los  rendimientos  más importantes, susceptibles de aplicar retenciones, y sus correspondientes tipos:

Cuadro resumen: retenciones e ingresos a cuenta aplicables en 2016

  • Administradores, miembros de consejos de administración y juntas: 35%
  • Atrasos de rendimientos del trabajo que corresponda imputar a ejercicios anteriores: 15%
  • Rendimientos de actividades profesionales: 15%
  • Rendimientos de actividades profesionales por inicio de actividad (tipo aplicable al año de inicio y los dos siguientes): 7%
  • Actividades profesionales en particular (recaudadores municipales, mediadores de seguros que utilicen los servicios de auxiliares externos, delegados comerciales de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado): 15%
  • Actividades profesionales cuyo volumen de rendimientos íntegros del ejercicio inmediato anterior < 15.000 euros y represente más del 75% de los rendimientos íntegros de actividades económicas y de trabajo: 15%
  • Actividades empresariales previstas reglamentariamente que determinen su rendimiento neto por estimación objetiva: 1%
  • Actividad agrícola, forestal y ganadera general: 2%
  • Actividad ganadera de engorde de porcino y avicultura: 1%
  • Rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias,coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación: 15%
  • Rendimientos del capital mobiliario: 19%
  • Ganancias derivadas de aprovechamiento forestales: 19%
  • Premios en juegos, concursos, rifas… 19%
  • Arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles urbanos: 19%