Subvenciones para mejorar la competitividad de las empresas

La Orden se ha publicado el 27 de diciembre, y el plazo de presentación de solicitudes es de un mes a contar desde la fecha de publicación.

Los gastos subvencionables de la ayuda objeto de la presente orden serán los siguientes, así
tendrán la consideración de elegibles, las siguientes categorías de gastos:

a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al
mismo.
b) La adquisición de mobiliario.
c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, ilumina-
ción, protección y seguridad.
d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.
e) La adquisición de terminales del punto de venta.
f) La adquisición de programas de gestión.
g) Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes.
h) Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético.
i) Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.
j) Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento
comercial.

Las ayudas reguladas en la presente convocatoria consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por establecimiento de 20.000 euros.

Nos parece una orden muy beneficiosa para todas las empresas ya que contempla prácticamente todas las posibles inversiones necesarias para mejorar y actualizar las instalaciones de los comercios y negocios. Una buena oportunidad.